Regular la concesión de subvenciones en las áreas de personas mayores, con discapacidad, voluntariado e inclusión social.

- Actuaciones que promuevan la prevención y eliminación de cualquier discriminación o desventaja de la persona con discapacidad para participar plenamente en la vida política, social, económica y cultural, cuyo fin consista en la consecución de unos niveles adecuados de desarrollo personal e integración social de las personas con discapacidad. -Actuaciones que propicien la participación de las personas con discapacidad, impulsando, entre otros, la iniciativa social (voluntariado y asociacionismo) que favorezcan la integración en zonas deprimidas urbanas o rurales, especialmente de las personas con discapacidad, así como de aquellas que no pueden representarse a sí mismas, o las que padecen una acusada exclusión social por razón de su discapacidad. - Actuaciones encaminadas a la orientación, formación y capacitación de las familias, promoviendo formas alternativas de convivencia de carácter temporal que favorezcan el respiro familiar, conjuntamente con la promoción de programas de promoción de habilidades sociales. - Actuaciones constitutivas de un conjunto de actividades encaminadas a la prevención de las situaciones de dependencia y de promoción de la mayor autonomía personal.

Observaciones

Quedan expresamente excluidos del ámbito de la presente Orden, los programas o servicios consistentes en actuaciones de mantenimiento, prestación de servicio o atención sociosanitaria, en las áreas de personas mayores o con discapacidad, atribuidas a los Cabildos Insulares.

Más información

Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda Tenerife Telf.: 922477000 Gran Canaria Telf.: 928306000
Circulación y prestaciones