Prestación del SAAD, Sistema para la Autronomía y Atención a la Dependencia

Tiene carácter periódico, se reconocerá, en los términos que se establezca, únicamente cuando no sea posible el acceso a un servicio público o concertado de atención y cuidado, en función del grado y nivel de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario, de acuerdo con lo previsto en el convenio celebrado entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de la Rioja.

Otros requisitos

Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos. Residir en La Rioja y haber residido en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia. Las personas que, reuniendo los requisitos anteriores, carezcan de la nacionalidad española se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en los tratados internacionales y en los convenios que se establezcan con el país de origen. Para los menores que carezcan de la nacionalidad española se estará a lo dispuesto en las Leyes del Menor vigentes, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, así como en los tratados internacionales. Reunir los requisitos específicos previstos para el acceso al servicio o servicios de atención a los que se vincula la prestación. Tener plaza u obtener la prestación del servicio, en centro o servicio debidamente acreditados para la atención a la dependencia. Que el Programa Individual de Atención determine la adecuación de esta prestación.

Más información

Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia: Centralita: 941 291 100
Circulación y prestaciones