Beneficios fiscales por nacimiento o adopción múltiples.
Otros requisitos
Que el hijo conviva con el contribuyente ininterrumpidamente desde su nacimiento o adopción hasta el final del período impositivo.
La aplicación de esta deducción resultará compatible con las relativas al nacimiento o adopción múltiples y al nacimiento o adopción de hijo discapacitado, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por 100.
Más información
Dirección Territorial de Hacienda y Administración Pública
C/ Gregorio Gea, 14
46009 - Valencia
Teléfono: 012
Fax: 961964345 - 961964301
Teléfono de Atención al Contribuyente de la Dirección Territorial de Economía y Hacienda en Valencia 961 964 300.