Exención de IVTM para personas con discapacidad cuyo vehículo esté matriculado a su nombre y sea de uso propio.

Otros requisitos

- Tener el certificado de reconocimiento de la discapacidad. - La persona con discapacidad debe ser la titular del vehículo. - Es necesario que sea: - un vehículo especial para personas con movilidad reducida, con una tara no superior a 350 kg y velocidad no superior, por construcción, a los 45 km/h, proyectado y construido especialmente para personas con discapacidad; o - un vehículo adaptado para la conducción para personas con discapacidad física y los autoturismos que tengan reconocida la exención para el ejercicio 2002 y no se puedan acoger, siempre y cuando el vehículo cumpla los mismos requisitos exigidos para la concesión de la exención inicial; o - un vehículo matriculado a nombre de una persona con discapacidad para su uso exclusivo, sea o no el/la conductor/a.

Más información

Untzaga plaza, 1 Telf.: 943 70 84 00
Circulación y prestaciones

Información adicional

  • Ayudas a la circulación
  • Movilidad y vida diaria, Protección económica, Transporte
  • Ayuntamiento
  • Municipal
  • Untzaga plaza, 1 Telf.: 943 70 84 00 Eibar (GUIPÚZCOA)
  • (grado mínimo: 33%)