Ayudas destinadas a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo, de integración social de los minusválidos, por medio de la financiación de los costes laborales y de la Seguridad Social del personal que las integran.

Otros requisitos

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones las entidades titulares de los centros especiales de empleo y los mismos centros, cuando tengan personalidad jurídica, que cumplan los siguientes requisitos: a) Los centros especiales de empleo deben figurar inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Consejería de Turismo y Trabajo. b) Deben formar parte de la plantilla de los centros especiales de empleo trabajadores con los siguientes tipos de discapacidad y grados de minusvalía: 1.º. Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía reconocida igual o superior al treinta y tres por ciento (33%). 2.º. Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al sesenta y cinco por ciento (65%).

Más información

Consejería de Turismo y Trabajo Telf.: 971176191
Circulación y prestaciones