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Proceso de solicitud

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El proceso de solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia es un trámite importante para las personas que, debido a su edad, enfermedad o discapacidad, requieren de ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

A través de este trámite, aquellas personas que se enfrentan a limitaciones en su autonomía pueden acceder a una variedad de servicios y recursos destinados a mejorar su calidad de vida.

Para obtener la situación de dependencia, la persona solicitante debe demostrar que tiene dificultades para realizar sus actividades diarias esenciales, como comer, beber, vestirse y moverse, entre otras.

Se presentará, según el modelo oficial correspondiente, por la persona que estima encontrarse en situación de dependencia o por quien ostente su representación, acompañando los documentos que requiera la Administración Pública competente.

  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • En caso de representante legal, podrá encontrar un documento de autorización facilitado por el organismo de dependencia correspondiente de cada Comunidad Autónoma.
  • Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en España.
  • Para determinar la capacidad económica, se deberá adjuntar la última declaración de la renta o un documento acreditativo de las rentas percibidas.
  • Informe de condiciones de salud, lo realiza el profesional de referencia de Atención Primaria, donde cuentan con un modelo normalizado donde se recogen los principales diagnósticos de la persona, así como sus dificultades en el desempeño de las actividades básicas de la vida diaria.
  • Informe social cuando proceda, que lo realizará el profesional de referencia de Servicios Sociales.
  • Cuando se tenga toda la documentación debe acudir a cualquier registro público o bien puede realizar el registro vía telemática, es necesario comprobar las vías que su Comunidad Autónoma le facilita.

Dependiendo de la Comunidad Autónoma que se encuentre podrán exigirle algún otro documento.

Tras iniciar el procedimiento de dependencia (solicitud, documentación y realizar el registro), la Administración competente se pondrá en contacto con la persona indicada para indicar el día y hora de la valoración.

En la valoración, se tendrá en cuenta el informe de salud y se pasará el Baremo de valoración de los grados y niveles de dependencia (BVD) y en el caso de menores de tres años, la escala de valoración específica (EVE).

El reconocimiento de la situación de dependencia se efectuará mediante resolución expedida por la Administración competente, indicando el grado (I, II o III), así como la puntuación obtenida. En dicha resolución, cuando proceda se indicará, los servicios o prestaciones a los que se puede acceder.

En los Servicios Sociales, se establecerá el Programa Individual de Atención, donde teniendo en cuenta las necesidades del dependiente, se determinará el servicio o prestación, que mejor se adecue a la situación. Se podrá, tener en cuenta las preferencias del dependiente o su entorno. Pero, hay que tener en cuenta con los servicios se priorizan frente a las prestaciones.

La resolución llegará a su domicilio por los medios indicados o solicitados, vía carta en la dirección que se haya indicado o bien vía telemática cuando así proceda.

El grado de dependencia será revisable por mejoría o empeoramiento de la situación de dependencia. El procedimiento puede iniciarlo la persona dependiente o bien, la administración de oficio puede revisarla. En el caso de traslado de expediente, se puede revisar el grado. Mejoría o empeoramiento de la situación de dependencia.

Enlace de interés

A través de este enlace accederá a los datos de contacto de los puntos de información de las distintas comunidades autónomas, donde le podrán explicar el proceso de reconocimiento de la situación de dependencia, la documentación y los trámites necesarios en su comunidad.

Información de Centros, ayudas, etc.

Buscador de normativa de dependencia

Utilizando el siguiente enlace externo accederás al portal de consulta sobre la normativa de dependencia.

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