El Congreso de los Diputados dio, el pasado 14 de julio, un paso decisivo para transformar el sistema público de cuidados en España. La Cámara Baja ha aprobado la reforma de la Ley de Dependencia y de la Ley de Discapacidad, una modificación que amplía derechos, flexibiliza el acceso a las prestaciones y establece que la Administración General del Estado deberá asumir el 50 % de la financiación del sistema.

En la misma sesión, el Congreso convalidó el real decreto-ley destinado a reforzar la financiación de la dependencia. La medida prevé que las comunidades autónomas reciban 6.200 millones de euros adicionales entre 2026 y 2027, según las estimaciones del Gobierno.

Las claves de la reforma

La modificación legislativa persigue tres grandes objetivos: ampliar los derechos de las personas en situación de dependencia o discapacidad, reducir la burocracia y garantizar una financiación pública más estable.

Entre sus principales novedades destacan:

  • La eliminación de incompatibilidades entre prestaciones.
  • La ampliación de la asistencia personal más allá del domicilio.
  • El reconocimiento de nuevos modelos de cuidados y convivencia.
  • La teleasistencia como derecho para las personas con dependencia.
  • El pago estatal de las cotizaciones de las cuidadoras principales.
  • La reducción de seis a tres meses del plazo para resolver las solicitudes.
  • La obligación legal de que el Estado aporte la mitad de la financiación del sistema.

El ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, calificó la iniciativa como la mayor reforma social en nuestro país en lo que va de siglo”. Y aseguró que la norma representa una transformación profunda del modelo público de cuidados.

El Estado deberá asumir la mitad del coste de la dependencia

Uno de los cambios más relevantes es la incorporación a la ley del compromiso de que la Administración General del Estado financie el 50 % del sistema de dependencia.

Hasta ahora, este objetivo tenía un carácter fundamentalmente político. Con la reforma, pasa a convertirse en una obligación legal, lo que, según el Ejecutivo, permitirá dar mayor estabilidad al sistema y reducir el riesgo de futuros recortes.

El Gobierno también sostiene que la nueva financiación tendrá carácter estructural, ya que el real decreto-ley modifica las cantidades correspondientes al nivel mínimo que el Estado transfiere mensualmente a las comunidades autónomas y prácticamente las duplica.

Al incremento del nivel mínimo se sumará el denominado nivel acordado, también reforzado. En conjunto, el Ejecutivo calcula que las autonomías recibirán 6.200 millones de euros adicionales durante 2026 y 2027.

La aportación estatal alcanzaría los 7.239,4 millones de euros en 2027, el doble de la registrada en 2025. 

Prestaciones compatibles y mayor libertad de elección

La nueva normativa elimina el régimen general de incompatibilidades entre prestaciones. Esto permitirá que una misma persona pueda combinar diferentes apoyos en función de sus necesidades y circunstancias.

El Programa Individual de Atención, elaborado por los servicios sociales de cada comunidad autónoma, será más flexible. Así, una persona que continúe viviendo en su domicilio podrá acudir a un centro de día y recibir al mismo tiempo teleasistencia o cuidados en el entorno familiar.

La reforma pretende reforzar también la capacidad de elección de los usuarios, de manera que el sistema se adapte a la persona y no sea la persona quien tenga que ajustarse a un catálogo rígido de servicios.

La asistencia personal se amplía fuera del domicilio

La asistencia personal quedará reconocida y regulada como un servicio propio dentro del catálogo de dependencia.

Hasta ahora, esta prestación estaba vinculada principalmente al entorno domiciliario. Con la reforma, podrá utilizarse también para acompañar a la persona en actividades esenciales de la vida cotidiana, como acudir a una consulta médica, realizar compras o participar en actividades sociales.

El objetivo es favorecer una mayor autonomía y facilitar que las personas con dependencia puedan desarrollar su vida en la comunidad.

Nuevas formas de convivencia y cuidados

La norma amplía el concepto de persona cuidadora y reconoce expresamente las figuras del cuidador principal y del cuidador no profesional.

También permite que los cuidados sean prestados por personas pertenecientes al entorno afectivo o relacional del usuario, aunque no exista un vínculo familiar legal.

Esta modificación busca adaptar la ley a la diversidad de los actuales modelos de convivencia. Podrá beneficiar, por ejemplo, a parejas que no estén casadas o registradas formalmente y a personas que compartan vivienda y mantengan una relación de apoyo mutuo sin ser familiares.

La teleasistencia se convierte en un derecho

Otra de las principales novedades es el reconocimiento de la teleasistencia como derecho subjetivo para todas las personas que tengan reconocida una situación de dependencia y residan en su domicilio.

El servicio podrá extenderse a colectivos que hasta ahora encontraban mayores dificultades para acceder a él, como las personas con demencia.

La reforma refuerza además su función preventiva. La utilización de dispositivos como pulseras geolocalizables permitirá realizar un seguimiento de los usuarios, anticiparse a determinadas situaciones de riesgo y retrasar, cuando sea posible, el ingreso en centros residenciales.

Protección para las cuidadoras principales

La reforma establece que la Administración General del Estado deberá asumir las cotizaciones sociales de las personas cuidadoras principales, un colectivo formado mayoritariamente por mujeres.

También se garantizará la continuidad de la atención cuando la cuidadora habitual sufra una enfermedad grave o deba ser hospitalizada. El propósito es evitar que la persona dependiente quede temporalmente desatendida y mejorar la protección de quienes sostienen los cuidados en el entorno familiar.

El plazo de resolución se reduce a tres meses

Las comunidades autónomas dispondrán de un máximo de tres meses para resolver las solicitudes de prestaciones por dependencia. El plazo actual es de seis meses.

Esta reducción pretende agilizar los procedimientos y aliviar una de las principales dificultades del sistema: las demoras para obtener el reconocimiento y comenzar a recibir los servicios correspondientes.



 

Reforma de la ley de dependencia

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