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Foto de una mujer en silla de ruedas acompañada por una mujer joven que la atiende

Navarra regula la prestación económica de asistencia personal para personas con dependencia y discapacidad

El Departamento de Derechos Sociales, en consonancia con su estrategia de fomentar la autonomía y vida independiente de las personas con dependencia y discapacidad y de acuerdo con la línea estratégica contenida en su Plan de Discapacidad (Línea Estratégica 1.2 prestaciones, servicios y apoyos a la vida independiente), ha aprobado una nueva orden foral que regula la prestación económica para dar asistencia personal a personas con dependencia y discapacidad. El impacto económico de este incremento de cuantías se estima en 180.000 euros anuales.

Esta nueva orden foral que se ha aprobado y que entrará en vigor tras su publicación en el BON, pretende dar respuesta al desafío y coste económico que supone para las personas dependientes y con discapacidad llevar a cabo un proyecto de vida independiente. Para ello, se aumentan las cuantías de las prestaciones de modo que estas permitan, a aquellas personas que optan por permanecer en su domicilio como alternativa a un ingreso residencial, tener una mayor cobertura de sus necesidades. Además, se elimina el requisito de mínimo de horas de contratación, y se modifica el baremo económico ampliando la prestación para aquellas personas que requieran mayor número de horas de asistencia personal para llevar a cabo su proyecto de vida. Se trata de unos cambios que se adecuan a lo establecido en la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las personas con Discapacidad.

Para personas con reconocimiento de gran dependencia y dependencia severa, la cuantía máxima asciende a 1.600 euros/mes y la mínima a 1.280 euros/mes; para personas con reconocimiento de dependencia moderada la cuantía máxima es de 700 euros/mes y la mínima de 560 euros/mes. En el caso de las personas con discapacidad, para quienes se trata de una prestación no garantizada, se exige una discapacidad del 65 % y las cuantías máximas y mínimas oscilan entre los 1.600 y los 1.280 euros/mes. A estas cuantías se aplican los correspondientes índices de reducción de acuerdo a la renta, teniendo siempre en cuenta el gasto real de contratación del asistente personal. Para acceder a la prestación, es requisito presentar un proyecto de vida que permita a la persona llevar una vida independiente, desarrollando actividades que redunden en su desarrollo personal, laboral, social y comunitario. El proyecto de vida independiente se reflejará en un Plan de Vida Independiente, que se realizará a través de la Oficina de Vida Independiente (OVI).

En estos momentos, 20 personas son perceptoras de esta prestación y, con las cuantías existentes, tenían que completar su proyecto de vida independiente con la financiación ofrecida por el proyecto de Fundación Caixa-Caja Navarra.

Nueva orden foral
Para la elaboración de esta Orden Foral se ha contado con un amplio consenso del grupo de vida independiente que hay en la Comunidad Foral y de Cocemfe, entidad que gestiona la Oficina de Vida Independiente (OVI) del Gobierno de Navarra.

Con esta nueva regulación, el Gobierno quiere contribuir a posibilitar que las personas con dependencia y discapacidad puedan ejercer el derecho, recogido en nuestro ordenamiento jurídico, a una vida independiente con la ayuda de la figura de asistente personal.

La asistencia personal es una prestación contemplada en el artículo 19 de la Ley de Dependencia. Mediante la figura del asistente personal se posibilita a estas personas asumir plena responsabilidad y control sobre sus vidas, proporciona soluciones personalizadas y posibilita así la independencia, la igualdad de oportunidades y la participación social.

Asimismo, facilita la autonomía personal, el ejercicio de la autodeterminación y la toma de decisiones de las personas usuarias. Previene y compensa la pérdida de autonomía personal, dando apoyo para realizar las actividades de la vida diaria (AVD) o mantener el entorno doméstico. También ayuda en el desarrollo de actividades de carácter laboral, formativo, de relación social, cultural y de participación en la vida asociativa, y posibilita que las personas y familias puedan permanecer en su domicilio y en su entorno habitual, evitando así el ingreso en instituciones residenciales. Por último, contribuye a reducir la carga que se produce en el entorno familiar por la atención a la persona con dependencia y/o discapacidad.

Aunque regulada en el Decreto Foral 69/2008, de Cartera de Servicios Sociales de ámbito general, en la reciente modificación del citado Decreto Foral se ha contemplado también como prestación no garantizada para personas con discapacidad.

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