La jubilación anticipada se permite para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 45%

La Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE) ha solicitado que 14 patologías permitan acceder a la jubilación anticipada. Para ello ha remitido al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones un conjunto de 14 informes técnicos en los que argumenta la inclusión de 14 nuevas patologías en el listado de enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.

Las patologías propuestas son: enfermedad renal crónica, párkinson, lupus eritematoso sistémico, artritis reumatoide, espina bífida, fibromialgia, esclerodermia, encefalomielitis miálgica, enfermedades de Steinert, Huntington y Andrade, inmunodeficiencias primarias, hipertensión pulmonar y paraparesia espástica.

Estos informes se han elaborado a partir de una revisión de la evidencia científica disponible que demuestra la reducción de la esperanza de vida asociada a estas enfermedades, criterio recogido en el Real Decreto que regula la jubilación anticipada por discapacidad.

“Las personas con discapacidad física y orgánica necesitamos que la transición hacia la jubilación contemple nuestras condiciones específicas, estrechamente vinculadas a la patología o discapacidad que tenemos”, ha declarado Anxo Queiruga, presidente de COCEMFE. En este sentido, ha instado al Gobierno a garantizar este derecho, ya que “el trabajo realizado por el Movimiento Asociativo evidencia la urgencia de ampliar el listado actual”.

Las entidades que han participado directamente en la elaboración de estos informes incluyen, entre otras, la Federación Española de Párkinson (FEP), FELUPUS, LIRE, FEBHI, FRIDA, CONFESQ, ASEM, ALCER, la Asociación Española de Esclerodermia, HPE, COCEMFE Catalunya, AEPEF y COGAMI.

Queiruga ha subrayado que “la jubilación anticipada es para muchas personas con discapacidad una medida fundamental para su salud y calidad de vida. Esta responde no solo a la reducción de la esperanza de vida, sino también a las dificultades para mantener un empleo y al sobrecoste que conlleva vivir con una discapacidad”.

 

Proceso de evaluación e inclusión

La inclusión de nuevas enfermedades en el listado dependerá de la valoración de una Comisión Técnica, integrada por expertos del ámbito médico, investigador, representantes de organizaciones del sector de la discapacidad -a través del Consejo Nacional de la Discapacidad- y miembros de la Administración de la Seguridad Social.

Esta comisión analizará cada propuesta admitida y emitirá un informe provisional basado en la evidencia científica. Posteriormente, se abrirá un periodo de audiencia pública de diez días para que las partes interesadas puedan presentar alegaciones.

Finalmente, la Comisión Técnica elevará su propuesta a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, que dictará una resolución en un plazo máximo de seis meses desde la finalización del periodo de solicitudes.

 

La jubilación anticipada se permite para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 45%

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