Estimación objetiva: cálculo del rendimiento neto previo, personal asalariado
- Orden EHA/804/2007, de 30 de marzo, por la que se desarrollan para el año 2007 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- La Orden se actualiza anualmente.
Características
Para el cálculo de Rendimiento Neto previo se computará en un 60% el personal asalariado que tenga un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
Requisitos
Realización de actividades económicas susceptibles de acogerse al régimen de estimación objetiva según lo previsto en el artículo 31 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.