Ley de Dependencia y servicios sociales

- 1978 Instituto NAcional de Servicios Sociales (INSERSO)
- 1978 Acción social y servicios sociales competencia exclusiva de las comunidades autónomas
- 1985 Competencia de los ayuntamientos a prestar servicios sociales
- 1987 Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales
Los servicios sociales son uno de los pilares fundamentales del Estado de bienestar, junto con la sanidad o la educación. El punto de partida de este valor, tal y como lo entendemos en la actualidad, surge en 1978 con la Constitución. Y, durante los años 80, se va construyendo el Sistema Público de Servicios Sociales español para garantizar el derecho de los ciudadanos a una mejor calidad de vida y luchar contra la marginación y la exclusión social.
- Por ejemplo, en 1978 se crea el Instituto Nacional del Servicios Sociales (INSERSO), organismo dependiente del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, cuya función era prestar servicios sociales a personas mayores y con discapacidad. Años más tarde, pasará a llamarse Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) y se encargará de la gestión de programas y prestaciones para las personas mayores y en situación de dependencia.
- Simultáneamente, se desarrolla el Estado de las Autonomías, donde comenzarán a contemplarse la acción social y servicios sociales como competencia exclusiva de las comunidades autónomas. De este modo, el Estado trasfiere las competencias a las comunidades.
- En 1985, al amparo de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, se establece la competencia de los ayuntamientos a prestar servicios sociales, obligatoria para aquellos que tienen más de 20.000 habitantes. En este momento, aparecen jurídicamente los servicios sociales municipales.
- Dos años después, en 1987, se aprueba el Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales ente las Administraciones Públicas. Este plan surge del acuerdo de las comunidades autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y la Administración central para garantizar los derechos básicos de la ciudadanía, en igualdad de condiciones independientemente del territorio nacional al que pertenezcan. Se trata de una cooperación económica, de gestión, información y asistencia técnica de las tres administraciones públicas competentes.
De esta forma, se configura el modelo actual de servicios sociales municipales, que equipos multiprofesionales ponen en práctica en los centros de servicios sociales y que se caracteriza por su proximidad y accesibilidad. Sus prestaciones principales se resumen en detectar y atender las necesidades sociales y gestionar la provisión directa o el acceso a otras instancias de los servicios sociales. Además, desarrollan programas y promueven y gestionan centros y servicios orientados a la reincorporación social o como espacio de tránsito problemáticas identificadas y singulares.
Conflictos competenciales con la aparición de la Ley de Dependencia
La aprobación de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia ha supuesto un punto de inflexión en el cuidado de aquellos ciudadanos que por razones derivadas de la edad, enfermedad o discapacidad hayan perdido autonomía física, intelectual o sensorial y precisan de atención para realizar actividades básicas de su vida diaria.
Hasta el momento, estas personas estaban siendo atendidas por los servicios sociales municipales. Por tanto, la aparición de esta normativa ha provocado problemas de duplicidad de servicios y personal.
Con el fin de evitarlo, en la Ley de Dependencia se establecía lo siguiente: "Las entidades locales participarán en la gestión de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de sus respectivas comunidades autónomas y dentro de las competencias que la legislación vigente les atribuye". Pero, en la práctica, no ha sido tan sencillo. En la actualidad, la mayoría de comunidades autónomas están trabajando para una integración adecuada de ambos sistemas.
Con el objetivo de evitar duplicidades, mejorar los servicios y ahorrar costes, el Consejo de Ministros del 22 de febrero de 2013 presentó el anteproyecto de Ley para la Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local que reforma la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local. De este modo, se obligaría a las autonomías a hacerse cargo de los servicios sociales de los ayuntamientos en el plazo de un año.
Los profesionales del sector consideran que los servicios sociales públicos municipales, especialmente la ayuda a domicilio, generan empleo y una actividad económica importante en el sector privado, lo que conlleva un retorno económico para el Estado superior al 40 % de los gastos en servicios sociales. Además, insisten en que la administración local es más cercana, por lo que es muy valorada por los ciudadanos. En este sentido, proponen que se mantengan y no sean eliminadas las competencias municipales para la prestación de servicios sociales y de promoción y reinserción social.