Comunidad autónoma
La dependencia en Extremadura
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia
Dirección: Avda. de las Américas, 2, 06800 Mérida (Badajoz)
Teléfono centralita: 924 004 100
Teléfono: 900 131 415, gratuito de atención a personas mayores, con dependencia, con discapacidad, con trastorno mental o con deterioro cognitivo.
Teléfono de Atención a la Dependencia y al Mayor: 927 09 04 83
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Servicios que ofrece:
Servicios y prestaciones económicas que corresponden a los diferentes grados de dependencia?
Gran dependencia. Grado III.
- Servicio de Prevención y de promoción de la autonomía personal.
- Teleasistencia.
- Ayuda a Domicilio.
- Centro de Día.
- Centro de Noche.
- Atención residencial.
Dependencia severa. Grado II.
- Servicio de Prevención y de promoción de la autonomía personal
- Teleasistencia.
- Ayuda a Domicilio.
- Centro de Día
- Centro de Noche.
- Atención Residencial.
- Atención residencial temporal.
Dependencia moderada. Grado I.
- Servicio de promoción de la autonomía personal
- Teleasistencia.
- Ayuda a Domicilio.
- Centro de Día.
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Prestaciones económicas:
Gran dependencia. Grado III.
- Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
- Prestación Económica de asistencia personal.
- Prestación económica vinculada al servicio, en los supuestos previstos en la Ley.
Dependencia severa. Grado II.
- Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
- Prestación Económica Vinculada al Servicio, en los supuestos previstos en la Ley.
Dependencia moderada. Grado I.
- Prestación Económica Vinculada al Servicio.
- Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar.
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Reducción de la prestación del cuidador informal.
Desde 1 de abril de 2019 el pago de las cuotas de los convenios que estuvieran suscritos a esa fecha, corresponde a la Administración General del Estado.
Los nuevos convenios que se suscriban a partir de esa fecha, surtirán efectos desde el reconocimiento de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, siempre y cuando se solicite dentro de los 90 días naturales siguientes al reconocimiento. Transcurrido dicho plazo, surtirán efectos desde la fecha en que se haya solicitado su suscripción.
Los cuidadores no profesionales que acrediten que las personas en situación de dependencia por ellos atendidas eran beneficiarias de la prestación económica de cuidados en el entorno familiar con anterioridad al 1 de abril de 2019, podrán solicitar la suscripción de este convenio especial con efectos desde esa fecha, siempre que formulen su solicitud dentro de los 90 días naturales siguientes a la misma. Transcurrido dicho plazo, los efectos tendrán lugar desde la fecha en que se haya solicitado su suscripción.
Para acreditar la situación anterior, los cuidadores podrán solicitar un certificado a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de su provincia.
Más información: en las oficinas de la Seguridad Social o en www.seg-social.es
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Servicios diferenciadores y complementarios.
La cuantía de la prestación económica debe reducirse en el caso de que la persona en situación de dependencia este percibiendo prestaciones para el mismo objeto:
- Complemento de gran invalidez.
- Complemento por necesidad de tercera persona de la pensión de invalidez no contributiva.
- Complemento de cuidado por hijo a cargo mayor de 18 años con un grado de minusvalía igual o superior al 75%.
- Subsidio por ayuda de tercera persona de la LISMI.
Servicios, Prestaciones y Programas para la Promoción de la Autonomía Personal (fuente Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia - SEPAD)
- Funcionamiento cognitivo. Prevenir el deterioro cognitivo y así la aparición de la dependencia, a través de programas como “Ajedrez Saludable”; “Entrenamiento de la Memoria”
- Participación social y cultural. Promover la participación activa del colectivo en ámbitos sociales, culturales y políticos, facilitar la creación de redes sociales estables y grupos de apoyo, a través de programas como: Clubes de Lectura y otras actividades culturales, Certamen Literario Experiencia y Vida, Programas Intergeneracionales, Voluntariado, etc.
- Seguridad física y emocional. Reducir los factores predisponentes de enfermedades prevalentes, crear conciencia e incrementar hábitos de vida saludable, a través de programas como “El Ejercicio Te Cuida”, Estrategia de cronicidad y Plan de Salud del SES, Escuelas de Cuidados y Salud del SES, Programa para la Prevención de Caídas: “8 pasos”, Acciones Formativas para la Prevención de la Violencia de Género y del Maltrato a las Personas Mayores.
- Servicio de Teleasistencia. Consiste en un servicio, en el que a través de un dispositivo instalado en el domicilio de la persona, desencadena en caso de necesidad, una señal de alarma que identifica una central de atención. Los profesionales de dicha central, se ponen en contacto telefónico con el interesado o, si lo requiere, envían ayuda urgente al domicilio de la persona. Se solicitaen el Servicio de Atención Social Básica del Ayuntamiento de la localidad donde resida o en el SEPAD una vez obtenido el reconocimiento de la situación de dependencia.
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Programas y servicios diferenciadores para personas con discapacidad y salud mental.
Programas dirigidos a personas con discapacidad
Las líneas de actuación que se promueven en el marco de subvenciones a entidades públicas y privadas, son los siguientes:
- Programas de orientación e inserción, orientados a promover la inserción laboral de las personas con discapacidad.
- Programas para promover la transición a la vida adulta e independiente de las personas con discapacidad.
- Programas de información, orientación y apoyo a las familias que tienen un miembro con discapacidad, que promueven acciones encaminadas a dotar de herramientas e instrumentos que permitan a las familias potenciar la autonomía, capacidad de autodeterminación y competencia social de la persona con discapacidad.
Programas que promueven una imagen positiva de las discapacidad, contribuyendo a los procesos de normalización e inclusión social.
El abordaje de las necesidades de las personas con discapacidad mental requiere de la participación de los servicios sanitarios y sociales, la intervención de profesionales de diferentes disciplinas y el diseño y seguimiento de las actuaciones en un circuito asistencial previamente definido o diseñado individualmente. Todo ello implica el establecimiento de cauces formales de comunicación y coordinación y el diseño de procesos de atención que afectan a varios sectores de la administración y a las propias entidades prestadoras de servicios, en un procedimiento articulado y estable. Su carencia puede provocar ineficiencias y falta de atención adaptada a las necesidades de la persona. En la actualidad existen modelos de coordinación socio-sanitaria que son referentes en el marco europeo de atención a personas con discapacidad intelectual o del desarrollo y trastorno mental, como el de Gales.
Servicios
- Servicio complementario de transporte con acompañamiento, así como transporte especializado según necesidad, en los Servicios Especializados de Atención Diurna, así como de Promoción de la Autonomía para Personas con Discapacidad.
- UDAC: Unidad de Atención a Personas adultas con Discapacidad Intelectual y Alteraciones de Conductas Graves, asociadas o no a trastorno mental. Servicio residencial público, en régimen semi-abierto funcional, de carácter temporal y con objetivo fundamentalmente rehabilitador. Se caracteriza por ser un servicio especializado que ofrece atención integral e incluye, entre otras actuaciones, programas terapéuticos y rehabilitadores, atención médica especializada y psicológica, control farmacológico, actuaciones para la inserción e integración social, así como actividades de asesoramiento, formación y apoyo para profesionales.
- USAD: Unidad de Atención a Personas con Discapacidad Intelectual, con o sin alteraciones de conducta y necesidad de asistencia sanitaria. Servicio residencial público, de carácter temporal o definitivo, cuyo objetivo es prestar atención continuada a personas con discapacidad intelectual que padecen patologías físicas y que tienen necesidades simultáneas de cuidados personales y sanitarios. Se caracteriza por ser un servicio especializado que ofrece atención integral, incluyendo, entre otras actuaciones, programas terapéuticos y rehabilitadores, atención sanitaria permanente, atención psicológica, control farmacológico e intervenciones para la inserción e integración social.
- CRR: Centro Residencial de Rehabilitación para Personas con Trastorno Mental Grave. Se trata de un servicio residencial que, además de proporcionar alojamiento y manutención, incluye tratamiento rehabilitador, con una intervención activa en la psicopatología de las personas atendidas que facilite la integración en el entorno comunitario.
- Piso supervisado de salud mental. Se trata de un servicio orientado a favorecer la incorporación, permanencia y participación social de las personas con trastorno mental grave en la Comunidad, desarrollado en un contexto con fines rehabilitadores que se aproxima a un ambiente de hogar, en el que los usuarios son los responsables del cuidado de la vivienda y de la organización doméstica, con el apoyo necesario de los monitores-educadores.
Más información en el Servicio Extremeño de Prooción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).
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Incompatibilidad entre servicios y prestaciones.
Según la Orden de 13 de mayo de 2011 el régimen de compatibilidades e incompatibilidades del catálogo de prestaciones del SAAD es el siguiente:
Servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia
Servicio de Prevención de las situaciones de Dependencia. El Servicio de Prevención de las situaciones de Dependencia es compatible con todos los servicios y prestaciones económicas, a excepción de:
- Servicio de Atención Residencial de carácter permanente, siempre que en el centro se lleven a cabo actividades de prevención de las situaciones de dependencia.
- Servicios de Centro de Día, siempre que en el centro se lleven a cabo actividades de prevención de las situaciones de dependencia.
Servicio de Promoción de la Autonomía Personal. El Servicio de Promoción de la Autonomía Personal es compatible con todos los servicios y prestaciones económicas, a excepción de:
- Servicio de Atención Residencial de carácter permanente, siempre que en el centro se lleven a cabo actividades de promoción de la autonomía.
- Servicios de Centro de Día, siempre que en el centro se lleven a cabo actividades de promoción de la autonomía.
Servicio de Teleasistencia. El Servicio de Teleasistencia es compatible con todos los servicios y prestaciones económicas, a excepción de:
- Servicio de Atención Residencial.
- Prestación Económica Vinculada a la contratación de un Servicio de Atención Residencial.
Servicio de Ayuda a Domicilio. El Servicio de Ayuda a Domicilio es compatible con los siguientes servicios y prestaciones económicas:
- Servicio de Teleasistencia.
- Servicio de Prevención de las situaciones de Dependencia.
- Servicio de Promoción de la Autonomía Personal.
- Servicio de Centro de Día y Prestación Económica Vinculada a su contratación.
- Servicio de Centro de Noche y Prestación Económica Vinculada a su contratación.
Servicio de Centro de Día. El Servicio de Centro de Día es compatible con los siguientes servicios y prestaciones económicas:
- Servicio de Teleasistencia.
- Servicio de Ayuda a Domicilio y Prestación Vinculada a su contratación.
- Servicio de Prevención de las situaciones de Dependencia, siempre que en el centro no se lleven a cabo actividades de prevención de las situaciones de dependencia.
- Servicio de Promoción de la Autonomía Personal, siempre que en el centro no se lleven a cabo actividades de promoción de la autonomía.
Servicio de Centro de Noche. El Servicio de Centro de Noche es compatible con los siguientes servicios y prestaciones económicas:
- Servicio de Teleasistencia.
- Servicio de Ayuda a Domicilio o la prestación vinculada a su contratación.
- Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar y Apoyo a Cuidadores no Profesionales.
- Servicio de Prevención de las situaciones de Dependencia.
- Servicio de Promoción de la Autonomía Personal.
Servicio de Atención Residencial. El Servicio de Atención Residencial es compatible con los siguientes servicios y prestaciones económicas:
- Servicio de Prevención de las situaciones de Dependencia, siempre que en el centro no se lleven a cabo actividades de prevención de las situaciones de dependencia.
- Servicio de Promoción de la Autonomía Personal, siempre que en el centro no se lleven a cabo actividades de promoción de la autonomía.
Prestaciones Económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Las personas beneficiarias no podrán ser titulares, simultáneamente, de dos o más prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar y Apoyo a Cuidadores no Profesionales. Compatible con los siguientes servicios y prestaciones económicas:
- Servicio de Teleasistencia.
- Servicio de Prevención de las situaciones de Dependencia.
- Servicio de Promoción de la Autonomía Personal.
- Servicio de Centro de Noche.
Prestación Económica Vinculada al Servicio. Compatible con los siguientes servicios y prestaciones económicas:
- Servicio de Teleasistencia, salvo que la prestación vinculada se destine a contratar un Servicio de Atención Residencial.
- Servicio de Prevención de las situaciones de Dependencia.
- Servicio de Promoción de la Autonomía Personal.
La Prestación Económica Vinculada a la contratación de una ayuda a domicilio es compatible con los Servicios de Centro de Día y Centro de Noche.
La Prestación Económica Vinculada a la contratación de un Centro de Día es compatible con el Servicio de Ayuda a Domicilio.
La Prestación Económica Vinculada a la contratación de un Centro de Noche es compatible con el Servicio de Ayuda a Domicilio.
Prestación Económica de Asistencia Personal. Compatible con los siguientes servicios y prestaciones económicas:
- Servicio de Teleasistencia.
- Servicio de Prevención de las situaciones de Dependencia.
- Servicio de Promoción de la Autonomía Personal.
Incompatibilidad entre prestaciones económicas. Las personas beneficiarias no podrán ser titulares, simultáneamente, de dos o más prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Incompatibilidad entre los complementos de algunas pensiones y las prestaciones económicas de la ley 39/2006 de promoción de la autonomía y atención a la dependencia. La cuantía de la prestación económica debe reducirse en el caso de que la persona en situación de dependencia este percibiendo prestaciones para el mismo objeto:
- Complemento de gran invalidez.
- Complemento por necesidad de tercera persona de la pensión de invalidez no contributiva.
- Complemento de cuidado por hijo a cargo mayor de 18 años con un grado de minusvalía igual o superior al 75%.
- Subsidio por ayuda de tercera persona de la LISMI.
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Financiación.
Mediante la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura, que dispuso la creación del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), y el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), se regulan las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sociosanitarios de la Administración de la Comunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, estableciendo el desarrollo y cooperación entre ellos.Presupuestos Generales Comunidad Autónoma de Extremadura 2020
Políticas Sociales
- Andalucía 342,4M euros 9%
- Dependencia +938.000 euros al día
Políticas Sociales
- 342´4 M euros, 11,8 M euros (+3,6%)
Políticas de Gastos (millones de euros)
- Grupo Actuaciones de carácter social a la dependencia en el 2019: 330´6 , en el 2020: 342´5, Diferencia 11´8, 3´6%
Respuesta decidida ante la dependencia
- Prestaciones económicas Ley Dependencia 28 M€
- Ayuda a domicilio 4 M€. Incremento importe / hora de 7´5 a 9 €
- Accesibilidad y servicios a domicilio 0´6 M€. Alcance: 66 municipios de -300 habitantes. +12.600 mayores - 55´2% mujeres.
Servicios de proximidad
- Atención residencial para mayores dependientes: centros día y noche 29´1 M€
Integración real de la discapacidad
- Marco de Atención a la Discapacidad 32´2 M€
- Mantenimiento servicios y programas 7´5 M€ (+1´6 M€)
- Atención personas con deterioro cognitivo 1´6 M€
- Beneficiarios: 532 - 72% mujeres
Atención integral a la Dependencia, fomento de la autonomía e impulso de la economía plateada
Respuesta decidida ante la dependencia
- Reducción listas de espera 56 M€
- Si se hubiesen aprobado los PGE 2019: +24 M€ y reducción completa listas de espera
- Extremadura financia +80%
Prestaciones económicas Ley Dependencia 28 M€
- Ayuda a domicilio 4 M€
- Incremento importe / hora de 7´5 a 9 €
Accesibilidad y servicios a domicilio 0´6 M€
- Alcance: 66 municipios de -300 habitantes +12.600 mayores - 55´2% mujeres
Servicios de proximidad
- Atención residencial para mayores
- dependientes: centros día y noche 29´1 M€
Integración real de la discapacidad
- Marco de Atención a la Discapacidad 32´2 M€
- Mantenimiento servicios y programas 7´5 M€ (+1´6 M€)
- Atención personas con deterioro cognitivo 1´6 M€
- Beneficiarios: 532 - 72% mujeres
Vicepresidencia segunda y consejería de Sanidad y Servicios Sociales
- Atención residencial 29´1 M€
SEPAD 342´4 M€ + 11´8 M€ (+3´6%)
- Prestaciones Ley Dependencia 28 M€
- Ayuda a domicilio 4 M€
- Accesibilidad 0´6 M€
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Copago.
El Real Decreto Ley 16/2012 establece que cada Comunidad Autónoma procederá al reintegro del exceso de aportación realizada por todos los pensionistas y sus beneficiarios por encima del tope máximo mensual que tengan asignado en la dispensación bajo receta médica de medicamentos de farmacia ambulatoria.
Éste trámite establece el procedimiento para que aquéllas personas que hayan abonado a través de una receta manual, a lo largo del mes una aportación superior a la que establece el Real Decreto Ley 16/2012 puedan solicitar la devolución de esas cantidades. (La devolución del gasto realizado con receta electrónica no debe solicitarse ya que se realiza de oficio por parte del S.E.S.)
PORCENTAJE DE APORTACIÓN A LOS GASTOS FARMACÉUTICOS DEL USUARIO
Con carácter general, el porcentaje de aportación del usuario seguirá el siguiente esquema:
- El 60% del PVP: Para los usuarios y sus beneficiarios cuya renta sea igual o superior a 100.000 euros consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas.
- El 50% del PVP: Para las personas que ostenten la condición de asegurado activo y sus beneficiarios cuya renta sea igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000 euros consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
- El 40% del PVP: Para las personas que ostenten la condición de asegurado activo y sus beneficiarios que no se encuentren incluidos en los apartados anteriores.
- El 10% del PVP: Para las personas que ostenten la condición de asegurado como pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios, con excepción de las personas incluidas en el primer apartado.
TOPES MÁXIMOS DE APORTACIÓN:
Medicamentos de aportación reducida (Productos cícero o punto negro): 10% del PVP en los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida, con una aportación máxima de 4,20 euros.
Pensionistas (y sus beneficiarios):
- 8,14 €/mes para los que tengan una renta inferior a 18.000 euros.
- 18,32 €/mes para los que tengan rentas entre 18.000 y 100.000 euros.
- 61,08 €/mes para las rentas superiores.
EXENTOS DE APORTACIÓN:
- Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica.
- Personas perceptoras de rentas de integración social.
- Personas perceptoras de pensiones no contributivas.
- Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación.
- Personas con tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
El nivel de aportación de los mutualistas y clases pasivas de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, del Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial será del 30%.
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Resolución de expedientes.
Se establece para las prestaciones económicas un periodo máximo de 6 meses desde la solicitud para que la Administración resuelva el PIA, y por tanto para que se genere el derecho de acceso a las mismas y en su caso, el efecto retroactivo.
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Integración de la Ley de Dependencia en los servicios sociales.
Extremadura sí ha integrado la Ley de Dependencia en los servicios sociales. Para evitar duplicidades, se trabaja en coordinación con la Dirección General de Política Social y Familia adscrita a la misma Consejería que el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).
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Coordinación sociosanitaria.
El modelo de atención sociosanitaria en Extremadura se basa en la evaluación conjunta de las necesidades sanitarias y sociales de sus ciudadanos, de forma que cada ámbito defina las responsabilidades y competencias que cada cual debe asumir, y por tanto, los servicios que oferta desde su sector.
De acuerdo con lo recogido en el Título II de la Ley 10/2001, de Salud de Extremadura, el Plan de Salud de Extremadura, constituye el instrumento estratégico superior de planificación y coordinación sanitarias de la Comunidad Autónoma, y la máxima expresión de las políticas sanitarias de la Administración Autonómica.
El Plan deberá incluir, al menos: La valoración de la situación inicial; el análisis y diagnóstico de los problemas sanitarios; el establecimiento de objetivos a alcanzar; los programas a desarrollar; las previsiones económicas y de financiación de las actividades; y los mecanismos de evaluación de la aplicación y seguimiento del Plan.
Desde 1997 en que se presentó el I Plan de Salud de Extremadura, en la Comunidad Autónoma se han elaborado cinco Planes de Salud, acceso al Plan de Salud de Extremadura 2013-2020 (vigente). Este Plan de Salud apuesta por la creación de una red coordinada de Atención Sanitaria y Social, y en ese marco, la Consejería de Salud y Política Social, el Servicio Extremeño de Salud, el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, y el Instituto de la Mujer de Extremadura, aúnan esfuerzos, trabajando de forma coordinada, y en la misma dirección: la mejora de la salud, del bienestar y la satisfacción de toda la población de Extremadura, objetivo que excede del ámbito puramente sanitario.
Los servicios sanitarios son competencia de sanidad y los de atención a la dependencia, del sector social. La delimitación de las competencias propias de cada sector nos permite ofrecer una auténtica atención integral, resultado de la suma eficiente de servicios coordinados, evitando la duplicación, y organizando en procesos intersectoriales un sistema general centrado en las necesidades del ciudadano. Ejemplos de ello son el Plan Integral de Atención Sociosanitaria al Deterioro Cognitivo [PIDEX] o el Plan Regional de Cuidados Paliativos de Extremadura.
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Ver Información estadística sobre la dependencia en esta Comunidad
Estadísticas dependencia Extremadura Marzo 2020 (Fuente IMSERSO)Los 27.399 beneficiarios con prestaciones concedidas reciben 30.261 prestaciones:Estadísticas dependencia Extremadura Diciembre 2017 (Fuente IMSERSO)Los 28.680 beneficiarios con prestaciones concedidas reciben 31.356 prestaciones:Estadísticas dependencia Extremadura Diciembre 2017 (Fuente IMSERSO)Los 25.582 beneficiarios con prestaciones concedidas reciben 28.239 prestaciones:Estadísticas dependencia Extremadura Septiembre 2016 (Fuente IMSERSO)Los 23.888 beneficiarios con prestaciones concedidas reciben 26.164 prestaciones:Estadísticas dependencia Extremadura febrero 2015 (Fuente IMSERSO)Los 22.242 beneficiarios con prestaciones concedidas reciben 24.474 prestaciones:Estadísticas dependencia Extremadura febrero 2015 (Fuente IMSERSO)Los 21.064 beneficiarios con prestaciones concedidas reciben 23.454 prestaciones:Estadísticas dependencia Extremadura Julio 2014 (Fuente IMSERSO)Los 21.001 beneficiarios con prestaciones concedidas reciben 23.210 prestaciones:
Nota: La información que se refleja en cada uno de los apartados ha sido proporcionada por las propias Comunidades Autónomas y ha sido actualizada en diciembre de 2020