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Abuso y Discapacidad Intelectual.

El hecho de que la discapacidad intelectual (DI) es un factor de riesgo que aumenta las probabilidades de sufrir abuso sexual y maltrato tanto en población infantil como en adultos, es una realidad que empieza a salir a la superficie, pese a las escasas investigaciones al respecto. Algunos autores señalan que las razones por las que las personas con DI tienen una mayor probabilidad de ser víctimas en delitos son:

a)    Sus elevadas relaciones de dependencia
b)    Los contextos de poca intimidad derivados de la necesidad de cuidados por parte de otros
c)    El déficit de habilidades sociales
d)    El desconocimiento de sus derechos
e)    Las menores habilidades comunicacionales de muchos de ellos

Tanto las personas con DI que han sufrido un abuso o maltrato, como sus familiares, deben enfrentarse además a un doble reto: en primer lugar, deben afrontar las consecuencias emocionales que el abuso o el maltrato ha dejado tras de sí y, en segundo lugar, estas personas a menudo deben enfrentarse a un sistema policial y judicial que no se adecúa a su condición, provocando que su acceso a la justicia sea en condiciones de desigualdad.

La Unidad de Atención a Víctimas con Discapacidad Intelectual (UAVDI),  nació con el objetivo de dar respuesta a esos retos, un recurso pionero en España por su especialización en la atención integral de casos de abuso y maltrato a las personas con DI. El proyecto consta de tres grandes áreas de actuación, que se dividen en prevención y sensibilización, investigación e intervención, y atención a las víctimas.

La prevención y sensibilización tiene el doble objetivo de concienciar a la sociedad en general y a los profesionales implicados en particular, de que la vulnerabilidad de las personas con DI a sufrir abusos es una realidad, y de que su acceso a la justicia tras sufrir una situación de este tipo, es sumamente precario; así como erradicar, o al menos, disminuir dicha vulnerabilidad, atacando la raíz del problema. Para ello desde UAVDI se desarrollan campañas de sensibilización en los medios de comunicación, se gestiona una página web informativa, se imparten formaciones a profesionales del ámbito de la DI y la administración de Justicia en materia de detección, actuación y tratamiento de las víctimas con DI, y se ofrecen talleres de prevención del abuso a personas con DI y sus familias en lo que se refiere a prevención y detección del abuso.

Por otra parte, la investigación en la UAVDI va orientada a diseñar las herramientas necesarias que contribuyan a adaptar la intervención de las víctimas con DI a las condiciones que puedan presentar en cada ámbito (clínico, forense y judicial); así como a difundirlas en todo tipo de foros, tanto académicos como técnicos, para crear sinergias y extender su utilización.

Por último, el área de intervención, tiene como objetivo dotar a las víctimas con DI y a sus familiares de una atención integral que promueva su bienestar emocional y el respeto de los derechos que les ampara la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Para conseguirlo, esta atención consta a su vez de dos dimensiones: un proceso psicoterapéutico a nivel individual y/o familiar y asesoramiento jurídico especializado y adaptado antes, durante y después del procedimiento judicial, siendo en esta intervención muy importante la figura del facilitador, un profesional experto en DI, psicología forense y psicología clínica que acompaña física y emocionalmente a la víctima y sus familiares durante todas las fases del proceso penal velando por que se implementen en cada una de ellas las adaptaciones necesarias para que la víctima con DI pueda participar en el procedimiento en igualdad de condiciones con el resto.

Tanto la dimensión terapéutica como la forense requieren para garantizar un mayor nivel de éxito de la coordinación de los profesionales de la UAVDI con terceros: en el caso del proceso psicoterapéutico se trata siempre de integrar en la terapia a todos los agentes posibles del entorno de la víctima, empezando por su propia familia y continuando por los servicios educativos y/o sociales que le atienden regularmente; mientras que en el marco del proceso penal derivado de la denuncia, el facilitador debe ejercer una labor de mediación con todos aquellos organismos que vayan a entrar en contacto con la víctima con discapacidad intelectual.

Esta entrada es un extracto del artículo “Abuso y discapacidad intelectual: la necesidad de un trabajo en red”, de Jacobo Cendra, Alberto Alemany, y Mercedes Hernández, publicado en el número 18 de la revista Actas de Coordinación Sociosanitaria. Puede acceder aquí al sumario y la descarga de la revista.

 

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